Documento de Voluntades Anticipadas

¿QUÉ ES EL DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS?

Es aquel documento en el que una persona manifiesta de forma anticipada los deseos o instrucciones que, sobre las actuaciones médicas, se deberán tener en cuenta en caso de encontrarse en una situación en la que las circunstancias no le permitieran expresar libremente su voluntad. Este documento sirve para que tales deseos sean respetados y cumplidos por el médico o el equipo sanitario que intervienen cuando la persona que ha otorgado el documento se encuentre imposibilitada de manifestar su voluntad por deterioro físico o psíquico.

Igualmente, en el Documento de Voluntades anticipadas (DVA) se podrá incluir la declaración de voluntad sobre donaciones y destino del cuerpo interesado.

¿QUIÉN PUEDE OTORGAR UN DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS?

Cualquier persona mayor de edad, capaz, libre y que no se encuentre judicialmente incapacitada puede otorgar el Documento de Voluntades Anticipadas.

¿CÓMO SE OTORGA EL DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS?

El documento puede otorgarse bien ante notario, mediante acta notarial, o bien mediante declaración ante tres testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar de los cuales dos, como mínimo, no deben tener relación de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni estar vinculados por relación patrimonial con el otorgante.

¿DÓNDE DEBE ENTREGARSE EL DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS?

El ciudadano puede utilizar el modelo de Solicitud de Voluntades Anticipadas elaborado por el Servicio Aragonés de Salud o usar el suyo propio. En cualquier caso, el documento deberá ir acompañado de las fotocopias compulsadas del D.N.I. del interesado y demás personas que figuran en la solicitud. Los ciudadanos pueden solicitar información y modelos en sus centros sanitarios o al final de ésta página web del Salud y deberán presentarlos en:

  • a) En el Registro de Voluntades Anticipadas del Servicio Aragonés de Salud, situado en Vía Universitas, 34 - 4ª planta, 50017 Zaragoza, en persona o por correo.

     

  • b) En el centro sanitario donde sea atendido. En este supuesto, si el otorgante así lo manifiesta, se dará traslado del documento al Registro de Voluntades Anticipadas, para su inscripción y posterior tramitación.

 Formulario DVA.doc (240 Kb)
Formulario Modelo de Solicitud del Documento de Voluntades Anticipadas  
 
 Inscripcion RVA.pdf (70 Kb)
Formulario de Inscripción al Registro de Voluntades Anticipadas  
 
 DVA Ciudadano.PDF (157 Kb)
Información Detallada sobre el Documento de Voluntades Anticipadas  
 

 


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